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Fondo de pensiones

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Fondo de pensiones: información

Las Entidades Gestoras de Fondos de Pensiones, en el primer cuatrimestre de cada ejercicio, deben proceder a la aprobación de sus cuentas anuales; deben de realizar un balance, confeccionar la cuenta de resultados y la memoria explicativa del ejercicio anterior. Todos estos documentos que hemos citado, deben ser sometidos a la aprobación de la Comisión de Control del Fondo respectivo. Además se ha de obtener un informe de auditoría que contendrá un pronunciamiento expreso sobre el cumplimiento de sus obligaciones.

El Ministerio de Economía ha establecido los modelos contables de los Fondos de Pensiones y de sus Entidades Gestoras, así como los criterios para la contabilización y valoración de los mismos y además puede exigir la realización de auditorías externas excepcionales.

Durante el primer semestre de cada ejercicio, las Entidades Gestoras están obligadas a publicar todos los documentos citados para que se proceda su difusión general.

También, las Sociedades Gestoras tienen obligación de remitir a los partícipes, una vez al año, una certificación con las aportaciones, directas o imputadas, realizadas en cada año, y con el valor al final del mismo de lo que corresponde a sus derechos consolidados.

Será con carácter trimestral cuando faciliten a partícipes y beneficiarios  la información sobre la evolución y situación de sus derechos económicos en el Plan, y sobre cualquier otro extremo en el que puedan verse afectados, como las modificaciones normativas, el cambio en las especificaciones del plan,  respecto a las normas de funcionamiento del fondo o incluso de su política de inversión, y  de las comisiones correspondientes a la gestión y el depósito.

 

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