Fondos de pensiones: Participantes Plan Pensiones
Promotor del Plan: se considera a cualquier empresa, sociedad, entidad, corporación, asociación o sindicato que promueva su creación o participe en su desenvolvimiento.
Planes individuales: en estos planes de pensiones, el promotor tiene asignadas funciones que en las otras modalidades le corresponden a la Comisión de Control y entre estas, están las siguientes:
- supervision del cumplimiento de los derechos de partícipes y beneficiarios,
- selección del actuario,
- representación judicial y extrajudicial de los intereses de los intervinientes.
Partícipes: estos son las personas físicas en cuyo interés se crea el Plan de Pensiones;
Será partícipe en suspenso aquella persona que ha cesado en la realización de aportaciones pero, si embargo, mantiene sus derechos consolidados dentro del Plan.
Beneficiarios: se dice de las personas físicas con derecho a la percepción de prestaciones, que hayan sido o no partícipes.
Planes individuales: se contempla la figura del Defensor del partícipe y de los beneficiarios, que a su decisión se someterán las reclamaciones formuladas por éstos contra las entidades gestoras, depositarias o bien promotoras.






