P
Participes: Es el conjunto de personas físicas, en cuyo interés se crea el Plan, que habiendo manifestado su voluntad de adhesión y teniendo capacidad de obligarse, pueda hacerlo en los términos contractuales previstos en el Reglamento.
Participe en suspenso: : Se entienden por tales a los partícipes que han cesado en la realización de aportaciones directas, pero mantienen sus derechos consolidados y políticos dentro del Plan de acuerdo con las previsiones de éste.
Plan de Pensiones: : Se trata de un producto de ahorro que goza de las máximas ventajas fiscales y que, cuando llegue el momento de la jubilación, le permitirá mantener su actual nivel de bienestar sirviendo como complemento a la pensión de jubilación de la Seguridad Social. Independientemente de lo dicho anteriormente podrá recuperar sus ahorros en el momento en que se cumpla cualquiera de las contingencias cubiertas por el Plan.
Promotor del Plan: : La persona jurídica que insta a la creación y participa en el desenvolvimiento del Plan y asume las obligaciones que del mismo modo se deriven, excepto las que, por su naturaleza deban ser cumplidas por los partícipes: Bankinter Seguros de Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros.
R
Reglamento del Plan de Pensiones: Es el documento que define el derecho de las personas, a cuyo favor se constituye el Plan de Pensiones, a percibir rentas o capitales por jubilación, supervivencia, viudedad, orfandad, invalidez, enfermedad grave o desempleo de larga duración las obligaciones de contribución al mismo y las reglas de constitución y funcionamiento del patrimonio que al cumplimiento de los derechos que reconoce ha de afectarse.
Reglamento del Plan de Previsión: Es el documento que define el derecho de las personas, que se adhieren al Plan de Previsión, a percibir rentas o capitales por vejez, viudedad, orfandad, invalidez, paro de larga duración o enfermedad grave, las obligaciones de contribución al mismo y las reglas de constitución y funcionamiento del patrimonio que al cumplimiento de los derechos que reconoce ha de afectarse.
Rendimiento Irregular: A efectos fiscales, tributan como rendimiento irregular en el IRPF las prestaciones de un Plan de Pensiones si el beneficiario de las mismas las percibe de una sola vez, en forma de capital.
Rentas del Trabajo: A efectos fiscales tributan como Rentas del Trabajo las prestaciones de un Plan de Pensiones.
Renta Asegurada Temporal: Las rentas mensuales se perciben durante el período contratado mientras vivan los perceptores.
Renta Asegurada con Reversión: El partícipe/socio percibe una renta mensual. En caso de fallecimiento, el beneficiario por él designado percibirá una renta, que será un porcentaje de la pensión inicial definida por el partícipe.
Renta Temporal (no asegurada): Reembolsos parciales periódicos establecidos por el beneficiario hasta agotar los derechos consolidados.
Renta Vitalicia: El pago de una prestación periódica hasta el fallecimiento del beneficiario de un Plan de Pensiones/EPSV.
S
Seguridad: Es uno de los factores decisivos de los Planes de Pensiones/EPSV, ya que su objetivo es constituir un capital mediante el ahorro a largo plazo. El hecho de que exista una auditoría anual, una entidad gestora, otra depositaria y una comisión de control constituyen los elementos básicos de seguridad del Plan de Pensiones/EPSV.
Socios Ordinarios: Es el conjunto de personas físicas, en cuyo interés se crea la EPSV, que habiendo manifestado su voluntad de adhesión y teniendo capacidad de obligarse, pueda hacerlo en los términos contractuales previstos en el Reglamento.
Socio en Suspenso: Se entienden por tales a los socios que han cesado en la realización de aportaciones directas, pero mantienen sus derechos consolidados dentro de la EPSV, de acuerdo con las previsiones de éste.
Solicitud de adhesión al Plan de Pensiones/EPSV: Es el documento que contiene la declaración del partícipe/socio para adherirse al Plan de Pensiones/EPSV, a través del cual realizara aportaciones, y que le dará derecho a percibir las prestaciones previstas en el Reglamento. En este documento el participe/socio designa a los beneficiarios del Plan de Pensiones/EPSV. Estos beneficiarios podrán ser modificados en cualquier momento por el partícipe/socio.
Solicitud de Prestación al Plan de Pensiones/EPSV: Es el documento en el que el beneficiario/socio establece como y cuando el beneficiario/socio quiere percibir el saldo acumulado.






