Planes pensiones

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Bancajapension Protegido 2

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Bancajapensión Protegido 2: Plan pensiones de Bancaja

Planes de pensiones de Bancaja: Bancajapension Protegido 2

Entidad para la Gestión y promoción del plan de pensiones: Aseguradora Valenciana S.A. de Seguros y Reaseguros (Aseval)
Entidad Depositaria del plan de pensiones Bancajapensión Protegido 2 , Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante

Garantía del plan de pensiones Bancajapensión Protegido 2:

Este plan asegura al vencimiento de la garantía a fecha 24/04/2013 una revalorización acumulada del 7,70% con respecto al valor liquidativo del fondo de pensiones de fecha 01/12/09. TAE del 2,21%..
Este plan de pensiones es una idónea opcion para personas con un espíritu muy conservador y con importantes derechos consolidados y relativamente próximos a la edad de su jubilación.

Planes pensiones aportaciones:
Bancajapensión Protegido 2 es un plan de pensiones en el que sólo se están permitidas aportaciones extraordinarias durante el periodo de suscripción, hasta alcanzar el patrimonio objetivo.

Planes de pensiones rescate: Cobro del plan de pensiones Bancajapensión Protegido 2:
Se podrá rescatar el dinero en los casos que enumeramos:

Jubilación
Fallecimiento
Invalidez permanente
Paro de larga duración
Enfermedad grave
Dependencia severa o gran dependencia

Cuando llegue el momento, se podrá cobrar el plan en forma de renta, todo el capital de una vez o mediante una combinación de modalidades.

Pensiones rentabilidad: rentabilidad anualizada del plan:
Actualización datos con fecha: 31/08/2009


- Rentabilidad Histórica (desde la fecha de inicio del plan): No disponible

- Revalorización:

Rentabilidad interanual del plan a fecha 31/08/2009: No está disponible para información en la actualidad.
 
Contratación del plan de pensiones Bancajapensión Protegido 2 en las oficinas Bancaja.
Gestión y acceso al plan de pensiones a través de Bancaja Próxima.


Planes de pensiones fiscalidad:
Las aportaciones que se realicen a un plan de pensiones reducen la base imponible en la declaración del impuesto sobre la renta, I.R.P.F., y a nivel de límite individual se pondrá el menor de los siguientes importes:

- 10.000 euros en su conjunto (las realizadas por el partícipe incluyendo las contribuciones realizadas por el promotor del plan de empleo) ó 12.500 en el caso de que el beneficiario tenga 50 años o más edas.

- 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas percibidas en el ejercicio, ampliándose al 50% si el partícipe tiene 50 años o más edad.

Caso de no poderse aplicar en la declaración tributaria sobre la renta, la totalidad de las reducciones por insuficiencia de la base imponible, las que queden pendientes de reduccion podrían aplicarse en los cinco años siguientes.

Ventajas fiscales: limitaciones y requisitos que estén en vigor en cada momento.

 

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