Planes pensiones

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Futurpension de Bancaja

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Futurpensión: Plan pensiones de Bancaja

Entidad: Gestión a cargo de Aseguradora Valenciana S.A. de Seguros y Reaseguros (Aseval).

Entidad depositaria del Plan de pensiones: Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja.
Futurpensión es un plan con una política de inversión bastante agresiva por lo que es posible conseguir con él una rentabilidad potencial bastante elevada, puesto que invierte hasta un 75% de sus activos en renta variable.

Planes pensiones aportaciones: Aportaciones

A partir de un mínimo a invertir de 30 euros al mes.
Límite máximo de 10.000 euros anuales hasta los 49 años. Este límite es de 12.500 euros a partir de los 50 años de edad.

Flexibilidad del plan de pensiones:

Flexibilidad total, pudiendo modificar cualquiera de las condiciones del plan en el momento que se desee: las aportaciones, la forma de pago, los beneficiarios, la cuenta de cargo,...
Caso de no realizar aportaciones al plan de pensiones, no se perderá en rentabilidad, ya que el capital acumulado hasta ese momento sigue generando rendimientos.

Planes de pensiones rescate: Cobro del plan

En los siguientes casos:

Jubilación
Fallecimiento
Enfermedad grave
Paro de larga duración
Invalidez permanente
Dependencia severa o gran dependencia
 

Cuando llegue el momento, se podrá cobrar el plan en forma de renta, todo el capital de una vez o mediante una combinación de ambas modalidades. Más información

Planes pensiones rentabilidad: rentabilidad anualizada del plan
Los datos son actualizados a 30/10/2009

- Rentabilidad Histórica (al inicio del plan): 2,61%
revalorización:
- Rentabilidad interanual del plan a fecha 30/10/2009: 4,39%
trámites:

Contratar en una oficina Bancaja, y para gestionar y acceder al plan de pensiones, a través de Bancaja Próxima.

Planes de pensiones fiscalidad:
Las aportaciones que se hayan realizado a un plan de pensiones reducen la base imponible en la declaración del I.R.P.F., y como límite individual se aplicará el menor de los siguientes importes:

- 10.000 euros en su conjunto (las realizadas por el partícipe incluyendo las contribuciones realizadas por el promotor del plan de empleo) ó 12.500 en el caso de que el beneficiario tenga más 50 años o más.

- 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas percibidas en el ejercicio, ampliándose al 50% si el partícipe tiene 50 años o más.

Caso de no poderse aplicar en la declaración tributaria la totalidad de las reducciones por insuficiencia de la base imponible, las cantidades pendientes de deducirse se podrán aplicar en los cinco años siguientes.

Ventajas fiscales: sujetos a los límites y requisitos en vigor en cada momento.

 

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